La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha intensificado su actividad en los últimos años. Los datos publicados por el propio organismo muestran un incremento sostenido tanto en el número de actuaciones como en el importe de las sanciones impuestas, con especial atención a materias que hasta hace poco generaban menos litigiosidad. Para cualquier empresa, conocer qué aspectos centran hoy la atención inspectora no es una cuestión de curiosidad: es una herramienta de gestión y de prevención del riesgo.
Este artículo recoge los focos de actuación más relevantes en la actualidad, los tipos de inspección laboral que puede recibir una empresa y los aspectos concretos que el inspector revisa durante su visita.
¿Qué tipos de inspección laboral hay?
Antes de entrar en el contenido de las inspecciones, conviene entender cómo se articulan. No todas las actuaciones de la Inspección de Trabajo tienen el mismo origen ni el mismo alcance. Conocer la naturaleza de cada una permite a la empresa anticipar qué puede esperar y cómo prepararse.
Por su origen:
Las inspecciones pueden iniciarse de oficio, es decir, por decisión propia del organismo, en el marco de campañas planificadas o por indicios detectados internamente; o a instancia de parte, cuando se produce una denuncia de un trabajador, un sindicato, otra administración pública o incluso una empresa competidora. En la práctica, una parte significativa de las actuaciones tiene origen en denuncias, lo que hace especialmente importante mantener una relación laboral ordenada y bien documentada.
Por su modalidad:
La actuación puede ser presencial, cuando el inspector se persona físicamente en el centro de trabajo, o puede realizarse de forma documental, mediante requerimiento escrito para que la empresa aporte determinada documentación en un plazo establecido. Esta segunda modalidad ha ganado peso en los últimos años, especialmente para la comprobación de aspectos formales como el registro horario o la contratación.
Por su alcance:
Algunas actuaciones son generales, con revisión de múltiples materias simultáneamente; otras son sectoriales o temáticas, centradas en un aspecto concreto; por ejemplo, la subcontratación en construcción o las condiciones de trabajo en el sector agrícola. Las campañas planificadas suelen ser de este segundo tipo y se publican anticipadamente en el Plan de Actuación de la Inspección.
¿Cuáles son los 4 tipos de inspección laboral?
Desde un punto de vista funcional y conforme a la Ley 23/2015, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, las actuaciones inspectoras pueden clasificarse en cuatro modalidades principales:
1. Visita de inspección
Es la actuación más conocida. El inspector se persona en el centro de trabajo, generalmente sin previo aviso, y comprueba in situ las condiciones laborales, la documentación disponible y el cumplimiento de la normativa aplicable. Puede extenderse a varios días y puede implicar entrevistas con trabajadores.
2. Comparecencia
La empresa o sus representantes son citados a las oficinas de la Inspección para aportar documentación o aclarar determinados aspectos. Es habitual en casos en que la inspección se ha iniciado por denuncia y el inspector necesita contrastar información antes de personarse en el centro.
3. Expediente administrativo
Cuando los datos necesarios para la actuación ya están en poder de la administración o pueden obtenerse de otras fuentes (como la Seguridad Social, la AEAT o el SEPE), el inspector puede actuar sin necesidad de visita ni comparecencia, elaborando directamente el expediente a partir de la información disponible.
4. Requerimiento de información
La Inspección puede requerir a la empresa que aporte documentación concreta en un plazo determinado. Es una modalidad habitual para la verificación de registros horarios, contratos, nóminas, seguros de accidentes o sistemas de prevención de riesgos.
En todos estos casos, el resultado puede ser un acta de infracción con propuesta de sanción, un requerimiento para subsanar deficiencias sin sanción inmediata, una comunicación a otros organismos (como la Seguridad Social o la AEAT) o el archivo de las actuaciones si no se detectan irregularidades.
¿Qué se revisa en una inspección laboral?
Las materias que puede revisar un inspector de trabajo son amplias, pero en la práctica las actuaciones se concentran en los ámbitos que generan mayor litigiosidad o que están siendo objeto de campañas específicas. A continuación se detallan los bloques principales:
Contratación y modalidades contractuales
La correcta utilización de los tipos de contrato es uno de los focos históricos de la Inspección. Se revisa si el uso de contratos temporales responde a una causa real y justificada, si se han superado los límites legales de encadenamiento de contratos y si la modalidad contractual empleada se corresponde con la naturaleza real de la relación laboral. Tras la reforma laboral de 2022, el incremento de la contratación indefinida ha sido notable, pero también ha aumentado el escrutinio sobre el uso del contrato fijo-discontinuo y sobre los despidos que encubren extinciones improcedentes.
Registro horario y control del tiempo de trabajo
Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2019, el registro diario de jornada es obligatorio y su ausencia constituye infracción grave. El inspector verifica que el sistema registra la hora de entrada y salida de cada trabajador, que los datos se conservan durante cuatro años, que son accesibles para los empleados y sus representantes, y que el número de horas registradas es coherente con las horas efectivamente trabajadas. Los sistemas poco fiables o con indicios de manipulación son señalados de forma específica.
Seguridad Social y cotización
Se comprueba que todos los trabajadores están correctamente afiliados y en alta, que las bases de cotización reflejan la retribución real, incluyendo complementos, pluses y retribución en especie, y que no existen situaciones de infracotización encubierta. La colaboración entre la Inspección y la Tesorería General de la Seguridad Social es estrecha, y muchas actuaciones se inician precisamente a partir de discrepancias detectadas en los sistemas de la Seguridad Social.
Prevención de riesgos laborales
La siniestralidad laboral sigue siendo uno de los indicadores que más condiciona la actividad inspectora. Se revisa la existencia y adecuación del plan de prevención, la evaluación de riesgos, la formación e información a los trabajadores, la vigilancia de la salud y el cumplimiento de las medidas de protección colectiva e individual. En sectores de alta siniestralidad: construcción, agricultura, hostelería, transporte; las actuaciones son más frecuentes e intensas.
Discriminación y derechos fundamentales
La brecha salarial de género, la igualdad retributiva y los planes de igualdad son materias de creciente atención inspectora. Las empresas con más de 50 trabajadores están obligadas a disponer de un plan de igualdad registrado, y su ausencia o deficiencias en su contenido pueden dar lugar a sanciones. También se revisa el protocolo de acoso, la garantía de indemnidad ante el ejercicio de derechos laborales y el cumplimiento de las medidas de conciliación previstas legalmente.
Trabajo de personas extranjeras
La contratación de trabajadores extranjeros sin la autorización de trabajo correspondiente es una infracción muy grave, con sanciones que pueden alcanzar los 100.000 euros por trabajador. La Inspección actúa de forma coordinada con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en sectores con alta presencia de trabajadores migrantes, como la agricultura, la hostelería o el servicio doméstico.

¿Qué te miran en una inspección de trabajo?
Más allá de las materias formales, conviene saber qué documentación concreta puede requerir el inspector durante su visita o mediante requerimiento escrito. Esta lista no es exhaustiva, pero recoge los elementos que con mayor frecuencia se solicitan:
Documentación sobre contratación: Contratos de trabajo en vigor y anteriores, comunicaciones al SEPE, prórrogas y novaciones, documentación justificativa de la causa del contrato temporal cuando proceda.
Documentación sobre tiempo de trabajo: Registros horarios de los últimos cuatro años, cuadros horarios, pactos sobre distribución irregular de la jornada, acuerdos sobre horas extraordinarias y su compensación o abono.
Documentación sobre retribución: Nóminas de los últimos meses, estructura salarial, acreditación del pago, transferencias bancarias o recibos firmados, liquidaciones por fin de contrato.
Documentación sobre Seguridad Social: Boletines de cotización (TC1 y TC2 o sus equivalentes en el sistema RED), situación de altas y bajas, base de cotización de cada trabajador, posibles diferencias entre retribución real y base cotizada.
Documentación sobre prevención de riesgos: Plan de prevención, evaluación de riesgos, planificación de la actividad preventiva, registros de formación e información a los trabajadores, resultados de la vigilancia de la salud, investigación de accidentes si los hubiera.
Documentación sobre igualdad: Plan de igualdad (para empresas obligadas), registro retributivo, auditoría retributiva cuando sea exigible, protocolo de acoso sexual y por razón de sexo.
El inspector puede además entrevistar a los trabajadores de forma reservada, sin presencia de la dirección de la empresa, para contrastar la información documental con la realidad vivida por quienes prestan sus servicios.
Qué está revisando la Inspección laboral especialmente en la actualidad
Más allá de los focos permanentes, las campañas de la Inspección de Trabajo reflejan las prioridades políticas y sociales de cada momento. En los últimos ejercicios, las actuaciones se han concentrado especialmente en:
La falsa autonomía, es decir, la utilización de contratos mercantiles con trabajadores autónomos para encubrir relaciones laborales reales. Los sectores de reparto, transporte y plataformas digitales han sido los más afectados, pero la tendencia se ha extendido a otros ámbitos como la consultoría, los servicios profesionales y el sector audiovisual.
El trabajo a distancia y el teletrabajo, donde se comprueba que los acuerdos individuales cumplen con los requisitos formales de la Ley 10/2021 y que los trabajadores en remoto tienen garantizados los mismos derechos que el resto de la plantilla, incluyendo el derecho a la desconexión digital y la compensación de gastos.
La subcontratación en cadena, especialmente en construcción y servicios, donde se verifica el cumplimiento de las obligaciones de información entre empresas y la aplicación del convenio colectivo correcto a cada trabajador.
Las condiciones de trabajo de colectivos vulnerables, con especial atención a trabajadores migrantes, trabajadores con discapacidad y trabajadores en prácticas o en formación, donde se detectan con mayor frecuencia situaciones de abuso o incumplimiento.
Cómo prepararse ante una posible inspección laboral
La mejor forma de afrontar una inspección laboral es mantener en todo momento la documentación laboral actualizada, organizada y coherente. Una empresa que lleva al día sus contratos, sus registros de jornada, sus nóminas y su sistema de prevención de riesgos tiene poco que temer de una visita inspectora.
Sin embargo, la complejidad normativa hace que incluso empresas bien gestionadas puedan tener lagunas documentales o prácticas que, sin ser intencionadamente irregulares, no se ajustan a los requisitos actuales. En estos casos, una revisión preventiva con un asesor laboral especializado puede marcar la diferencia entre resolver la situación con un requerimiento de subsanación o enfrentarse a un acta de infracción con propuesta de sanción.
En Olasa Asesores y Consultores realizamos auditorías laborales preventivas orientadas a identificar los puntos de riesgo de cada empresa antes de que lo haga la Inspección laboral. Si quiere conocer la situación real de su empresa y anticiparse a posibles contingencias, nuestro equipo está a su disposición para una consulta inicial sin compromiso.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado. Para una consulta personalizada sobre su situación concreta, contacte con el equipo de Olasa Asesores y Consultores.